Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Ejecución de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Decreta La Cesación la medida de libertad asistida impuesta a "OMISSIS"; por la comisión de los delitos: Robo Agravado Trafico Ilícito De Sustancias Estupefacientes, Resistencia A La Autoridad previstos en los artículos 458 del código penal venezolano, 149 de la Ley Orgánica de Drogas, y articulo 218 del Código Penal, en perjuicio de Ydalia Del Valle Portugués Rojas, La Colectividad y El Estado Venezolano. De conformidad con los artículos 645 y 647 literal H de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Archívese en su debida oportunidad. Notifíquese a las partes y al personal técnico adscrito al centro socio educativo de esta ciudad Cúmplase.-
La Jueza de Ejecución
La Secretaria
Abg. Marisa.....