Por todo lo antes expuesto, Este Juzgado Sexto Penal de Primera Instancia Estadales Y Municipales En Funciones De Control Del Circuito Judicial Penal Del Estado Sucre Con Sede En La Ciudad De Cumaná, En Nombre De La República Bolivariana De Venezuela Y Por Autoridad De La Ley, DECRETA el Sobreseimiento de la presente causa a favor del imputado Juan Carlos Benítez, venezolano, de 36 años de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 13.222.214, de estado civil soltero, natural de Cumaná, nacido en fecha 07-06-74, de oficio taxista, hijo de Rosa Benítez y Alcides Segura, y residenciado en Brasil, sector 2, vereda 49, casa N° 2, Cumaná, Estado Sucre; por la comisión de los delitos de Amenaza y Violencia Patrimonial, previstos y sancionados en el artículo 41 y 50 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencias, en perjuicio de la ciudadana Luisa Beltrana Rondón; de conformidad con lo establecido en el artículo 300, numeral 3, del Código Orgánico Procesal.....