Acuerda a favor del penado ARGENIS MORENO, Venezolano, natural de Cumaná-Estado Sucre, domiciliado en Calle La Palencia al final, Casa S/Nº, Casanay, Estado Sucre, Mayor de Edad, hijo de Jorge Bellorín y Vicenta Moreno, soltero, alfabeto y Cedulado Nº V-8.434.519, la LIBERTAD CONDICIONAL de conformidad con lo establecido en los ordinal 1 del artículo 479 y 501 del Código Orgánico Procesal Penal Vigente, imponiéndoseles las condiciones anteriormente señaladas. Se ordena que el penado comparezca el día LUNES 25-04-2005 a las 10:00 A.M. horas de la Mañana, a la sede del Tribunal en el Primer Circuito Judicial Penal de Cumaná, para la imposición y aceptación de las condiciones y a los efectos de que confirme los datos sobre su residencia. Déjese copia.-