Este Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de La República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, AUTORIZA a la Fiscal Primero del Ministerio Público Dra. Lovelia Marcano Muñoz, PRESCINDIR TOTALMENTE DEL EJERCICIO DE LA ACCIÓN PENAL, en el presente asunto seguido al imputado JESÚS DEL VALLE RODRÍGUEZ, quien es venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 6.018.245, nacido en fecha 28-09-53, residenciado en el bloque 7, piso 1, apto. N° 1-03, Urbanización Agustín Malave Villalba, de Playa Grande, Municipio Bolívar Estado Sucre, por la comisión del delito de LESIONES PERSONALES LEVES, previsto y Sancionado en el artículo 418 del Código Penal, en perjuicio de ALBA RODRÍGUEZ GALLARDO, en virtud que el resultado de la investigación señala claramente que es un hecho insignificante, que no afecta el interés público y que la pena no excede de cuatro (4) años de privació.....