PRIMERO: Que el COMPETENTE para conocer de la presente apelación es este Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Bancario y Marítimo del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Sucre.
SEGUNDO: CON LUGAR apelación interpuesta en fecha diecisiete (17) de septiembre de 2024, por el abogado en ejercicio LEOCADIO ARMANDO YSASIS CASTAÑEDA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 67.053, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, contra la decisión de fecha dieciséis (16) de septiembre de 2024, dictado por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre.
TERCERO: SE REVOCA la decisión dictada en fecha dieciséis (16) de septiembre de 2024, dictado por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, en consecuencia: SE LEVANTAN la medida d.....