Escuchado lo manifestado por el Imputado, este Tribunal en Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, habiendo manifestado el imputado su negativa a acogerse a dicho procedimiento y su deseo de ir a Juicio oral estima procedente dictarse AUTO DE APERTURA A JUICIO, CONTRA EL IMPUTADO GUSTAVO JOSE ESPIN, Venezolano, de 41 años de edad, nacido en fecha: 05-12-1963, titular de la cédula de identidad N° 8.640.986, de profesión u oficio técnico medio en electro mecánica, residenciado en la avenida Rotaria, sector Guarapiche, casa No. S/N, cerca de auto silenciadores Toledo, de esta Ciudad de Cumaná, Estado Sucre, por la presunta comisión del delito de ABUSO SEXUAL A NIÑO, previsto y sancionado en el artículo 259 de la Ley Orgánica para la Protección al Niño y al Adolescente, en perjuicio de la victima el niño ROGER MANUEL MATA RAMIREZ. Se emplaza a las partes para que en el plazo común de cinco días concurran ante el Juez de Jui.....