DISPOSITIVA:
Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control Nº 01, Administración Justicia en nombre de la República Bolivariana y por Autoridad de la Ley, DECRETA: Con Lugar la Revisión de la Medida Cautelar de Fianza, y se sustituye por una Medida Cautelar con Caución Juratoria, a favor del imputado JUNIOR JOSE PAEZ CARABALLO, venezolano, natural de Carúpano, de 32 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº 18.789.673, nacido en fecha 20/12/1984, de estado civil soltero, obrero, hijo de Nilda Josefina Hernández y Ramón Páez y residenciado en Guiria de la Playa, cerca de Defensa Civil, casa s/n, Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre; por estar presuntamente incurso en la comisión del delito de HURTO CALIFICADO, previsto y sancionado en el articulo 453 numeral 4° y 5° del Código Penal Venezolano, en perjuicio del JOSE ROSENDO DIAZ FERNANDEZ. Asimismo, este Tribunal decreta: Primero: Medid.....