Acto seguido una vez vistas estas consideraciones este Tribunal Sexto Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, sede Cumana Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO de conformidad con lo establecido en los artículos 43, 44 y 45 del Código Orgánico Procesal Penal, al imputado JULIO JOSÉ ANDRADEZ MENDOZA, venezolano, de 51 años de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-5.707.106, natural de Araya, Municipio Cruz Salmerón Acosta, nacido en fecha 06-07-1962, de estado civil soltero, de oficio Albañil, hijo de los ciudadanos Cstro Andrade Patiño y Blacina Mendoza, residenciado en: Colina de los Ángeles, Casa S/N, cerca del Castillo y las posadas, Araya, Municipio Cruz salmerón Acosta, Estado Sucre, por la comisión del delito de VIOLENCIA FÌSICA, previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley Orgánica Sobre los D.....