éste Tribunal Primero de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, sede Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, CONDENA al ciudadano Ramón Antonio Serrano, venezolano, de 40 años de edad, soltero, nacido en fecha 04-07-1971, natural de Cumaná, titular de la Cédula de Identidad N° 10.950.985, hijo de Glenda María Serrano, de oficio obrero, y residenciado en Caigüire, calle Monte Piedad, detrás de la bomba La Ventaja, casa S/N, Cumaná, Estado Sucre, a cumplir la pena de tres (03) años de prisión, más las accesorias de ley; por la comisión del delito de Hurto Calificado, previsto y sancionado en el artículo 455, numerales 4 y 6, del Código Penal, en perjuicio del ciudadano Elías Simón Boubou; todo de conformidad con lo establecido en el artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal. Líbrese boleta de libertad y mediante oficio remítase al Instituto Autónomo de Policía del Estado Sucre. Ofíciese a la Oficina .....