DECISIÓN
Por los razonamientos anteriormente expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Sala Especial Accidental, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por la abogada MARÍA ORTIZ LÓPEZ, actuando con el carácter de Defensora Pública Penal del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente, en contra de la Sentencia Definitiva de fecha 12 de julio del año 2006, dictada por el Tribunal Mixto Juicio de la Sección Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, en la cual SE CONDENÓ al adolescente I. J. P. F., , por la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL EN GRADO DE COMPLICIDAD NECESARIA, previsto y sancionado en el artículo 405, en relación con el artículo 84 numeral 3 ambos del Código Penal derogado, en perjuicio de CES.....