Por todo lo antes expuesto, Este Juzgado Sexto Penal de Primera Instancia Estadales Y Municipales En Funciones De Control Del Circuito Judicial Penal Del Estado Sucre Con Sede En La Ciudad De Cumaná, En Nombre De La República Bolivariana De Venezuela Y Por Autoridad De La Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO de la presente causa, y DECLARA en consecuencia la extinción de la Acción Penal a favor del ciudadano ALEXIS JOSÉ COLÓN SÁNCHEZ, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 12.267.508, de 39 años de edad, nacido en fecha 28-05-1975, soltero, profesión u oficio mecánico, hijo de Jesús Manuel Colón y Luisa Sánchez, número telefónico 0426/688.91.59, residenciado la Calle Nueva de Miramar Santa Inés, N° 33, cerca del CDI Miramar, Cumaná Estado Sucre; quien se encuentra presuntamente incurso en la comisión del delito de VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en el artículos 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudada.....