Por los razonamientos antes expuestos, éste Tribunal Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Acuerda a favor del penado el Penado Jesús Rafael Ugas, venezolano, natural del Pilar Municipio Benítez, Estado Sucre, titular de la cedula de identidad V– 8.476.304, de Estado civil: soltero, nacido en fecha 05-05-62, edad: 46 años, de profesión u oficio Agricultor, hijo de Candelaria Ugas y Juan de Dios Ugas, residenciado en: Sector Mundo Nuevo, Campo Claro, Yrapa, casa S/N, Municipio Mariño del Estado Sucre, El Beneficio De Suspension Condicional De La Ejecucion De La Pena, que le fuere impuesta por la comisión del delito de Ocultamiento Ilícito De Sustancias Estupefacientes, previsto y sancionado en el artículo 31 en su tercer y último aparte de la ley Orgánica Contra el Trafico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotr.....