Por los razonamientos anteriormente expuestos, esta Corte de apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide: PRIMERO: SE DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por la ciudadana abogada SANDRA KASSIS HADID, actuando en su carácter de defensora pública penal del penado ANTONIO JOSÉ BLANCO SUNIAGA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 6.962.635, a quien se le sigue causa penal por la comisión del delito de Homicidio Intencional Simple, previsto y sancionado en el artículo 407 del reformado Código Penal, contra decisión dictada en fecha 01 de Marzo de 2005 por el Juzgado Segundo de Ejecución de este Circuito Judicial Penal, extensión Carúpano, mediante la cual acordó remitir al prenombrado penado a un oncólogo en la ciudad de Cumaná, con la finalidad de pronunciarse, una vez recibido los resultados, sobre el reingreso .....