Se dictó y publicó decisión mediante la cual este Tribunal proveyó el escrito presentado por el ciudadano Juan Carlos Rodríguez, titular de la cedula de identidad Nº 14.284.892, Asistido por el Abogado Reimundo Mejias la Rosa, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 116.029, de la manera siguiente: 1) En relación a la prueba documental, este Juzgado las admite en cuanto ha lugar en derecho se refiere, salvo su apreciación en la sentencia definitiva ; 2) prueba de testigo se fijó el tercer día de despacho siguiente a los fines de la evacuación de la misma.