Así mismo se evidencia que en el auto de ejecución respectivo, se dispuso como sitio de cumplimiento de la referida condena, la comandancia de policía de esta ciudad; Ahora bien, vista la solicitud de traslado voluntario hecha por el penado en cuestión ,se acuerda el traslado inmediato del penado Henry Alcantara Carreño, venezolano, mayor de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio Obrero, nacido el 31-05-1991, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 24.839.946, hijo de Marilin Carreño y Henry Alcántara, y residenciado Versalles, calle bolívar al final, casa s/n, detrás del liceo Tavera Acosta, Municipio Bermúdez Estado Sucre, desde la comandancia de Policía de esta Ciudad hasta el Internado Judicial de Cumaná, ubicado en la Ciudad de Cumaná Estado Sucre, donde deberá ingresar para continuar cumpliendo con la pena impuesta.