este Tribunal Unipersonal Tercero de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la Republica y por Autoridad de la Ley, declara NO CULPABLE, al ciudadano REINALDO JOSÉ SÁNCHEZ ROSALES, Venezolano, soltero, de 20 años de edad, de profesión u oficio obrero, nacido en fecha 18/01/1993, natural de Cumana Estado Sucre, titular de la cédula de identidad Nro. V-24.878.872, hijo de María Rosales y Reinaldo Sánchez, residenciado en Barrio el Guapo, Casa N° 12 de esta ciudad de Cumaná, Estado Sucre, de la comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO EN EJECUCIÓN DE ROBO AGRAVADO EN GRADO DE FRUSTRACIÓN COMO AUTOR, previsto y sancionado en el Articulo 406 ordinal 1° Código Penal en relación con artículo 80 y 83 todos del Código Penal, en perjuicio del ciudadano JONATHAN JESUS PATIÑO GAMARDO y al ciudadano PEDRO JOSÉ ORTIZ ROSALES, Venezolano, soltero, de 25 años de edad, de profesión u oficio obrero, nacido en fecha 02/06/1988, natural de Cumana Es.....