el Tribunal vista la solicitud dada por la representación de la vindicta pública, al encontrarse llenos los extremos del artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal decreta PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD en contra de los imputados JOSUE DAVID RONDON VALLEJO, venezolano, de 18 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº 24.275.561, nacido el día 09-08-93, de estado civil soltero, de ocupación no definida, residenciado en Cantarrana, Santa Eduvigis, Cuarta Calle, casa Nº 27 hijo de los ciudadanos Elías Rondón y Juana Vallejo, FRANKLIN LUIS ESPINOZA ZACARIAS, venezolano, de 18 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº 25.099.153, nacido el día 18-08-93, de estado civil soltero, de ocupación obrero, residenciado en Puerto La Madera, calle Principal, cerca de la licorería, hijo de Juan Luís Espinoza y Besaida Zacarías, WUILMER EMILIO ROMERO MARCANO, venezolano, de 34 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº 14.538.239, nacido el día 01-09-78, de e.....