Acuerda la Desestimación de la Denuncia formulada por la ciudadana: BARBARA DEL VALLE VASQUEZ RONDON Venezolana, de 26 años de edad, soltera, Titular de la Cédula de Identidad No-13.222.945, residenciada en El Barrio Buena Vista, casa No-428, Cumaná, Edo Sucre en contra de la ciudadana: CARMEN RONDON también Vzla, residenciada en El Barrio El Realengo, adyacente al Mercado Municipal de esta ciudad de Cumaná, Estado Sucre a solicitud de la Fiscal Segunda del Ministerio Público de conformidad con lo establecido en el Artículo 301 Parágrafo Primero del Código Orgánico Procesal Penal. Líbrese Boletas de Notificación a la Fiscal Segunda del Ministerio Público, a la denunciante y a la denunciada y remítase las presente actuaciones a la Fiscal Segunda del Ministerio Público, una vez consignadas las respectivas resultas.