éste Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Sede Cumaná, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con el artículo 48 numeral 7 del Código Orgánico Procesal Penal DECLARA la extinción de la Acción Penal y con fundamento en el numeral 3 del artículo 318 ejusdem, DECRETA el Sobreseimiento de la presente causa a favor del ciudadano FRANCISCO PACHECO DIAZ, venezolano, de 57 años de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-4.355.603, de profesión u oficio piloto de helicóptero, domiciliado en Residencias Las Perezas, Apartamento PHA, calle las colinas el hatillo, Caracas, Estado Sucre, procesado por la comisión del delito de CONSTRUCCIÓN DE OBRAS CONTAMINANTES, previsto y sancionado en el Articulo 36 de la ley penal del Ambiente, en violación a las normas técnicas contenida en los artículos 9, 19, numeral 1, 20, numeral 1 y 29 y 30 del decreto con fuerza de ley de zonas costeras, en perjuicio del ESTAD.....