DECISIÓN:
Con fundamento en los razonamientos de hecho y de derecho que anteceden expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por interpuesto por la Abogada YELYXZI GALANTÓN ZERPA, en su carácter de Defensora Pública Provisoria Sexta de la Primera Circunscripción Judicial del Estado Sucre, contra la decisión de fecha 05/11/2012, dictada por el Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre sede Cumaná, mediante la cual decretó la PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, en contra de los imputados ciudadanos ISIDRO ANTONIO DE LA CRUZ VASQUEZ y JOSÉ LUÍS MAÍZ SÁNCHEZ, titulares de las cédulas de identidad V-19.791.688 y V-22.628.039, respectivamente, en la causa que se les sigue por hallarse presuntamente incursos en la comisión del delito de Robo Agrava.....