este Tribunal 3° de Control Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda ratificar e imponer al imputado JESÚS RAMON GARCIA, venezolano, de 20 años de edad, titular de la cedula de identidad N° 18.581.192, nacido en fecha 25-6-1987, de estado civil soltero, agricultor, residenciado en la población de Cocollar, calle Brisas del río, casa S/N, cerca del Mercal de Jesús Vera, Estado Sucre, y a favor de la victima de conformidad con el artículo 87 numeral 5 y 6; de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de la Mujer a una Vida Libre de Violencia, la Prohibición o restricción a dicho imputado del acercamiento a la víctima agredida y prohibición de realizar actos persecutorios, intimidatorios ala victima. Asimismo, este Tribunal vista la solicitud del Ministerio Público en ejercicio de la facultad que le fuera conferida este Tribunal acuerda que el siguiente proceso continúe por el procedimiento especial previsto en la Ley Orgánica.....