este Tribunal Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre con sede en Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, RESUELVE: Se le otorga la SUSPENCIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA al penado JESÚS ALBERTO ALFONSO RENDÓN, venezolano, de 24 años de edad, titular de la cédula de identidad N° V-18.775.968, natural de Cumaná, Estado Sucre, nacido en fecha 28/02/1987, de profesión u oficio panadero, residenciado en Campeche, Calle 05, Sector 03, Casa N° 25, frente al Liceo Gran Mariscal de Campeche, Cumaná, Estado Sucre, a cumplir la pena de UN (01) AÑO, SIETE (07) MESES, DIECIOCHO (18) DÍAS Y SEIS (06) HORAS DE PRISIÓN, mas las penas accesorias de ley, por la comisión de los delitos de PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal, en relación con los artículos 7 y 9 de la Ley Sobre armas y Explosivos y RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto y sancionado en el artículo 218 del .....