Por todo lo antes expuesto, este Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR la acción de REVISION DE REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR, solicitada por el ciudadano, EUGER JOSE VILLARROEL ROSARIO, contra la ciudadana ROSEIDY DEL CARMEN CARREÑO VILLARROEL, plenamente identificados. En los siguientes términos:
PRIMERO: El Progenitor compartirá con sus hijos: Fines de semana alternos, el fin de semana del padre sin pernocta., desde el sábado a las 10: am, hasta las 12:00 m, y el domingo de 10:00 am, hasta las 12:00 m, sin pernocta.
SEGUNDO: Día del padre con el padre, de 10 am, hasta la 1:00 pm.
TERCERO: En el mes de diciembre los días 24 y 25 con el padre, desde las 10:00 am, hasta las 5:00 pm y el 31 de Diciembre y 01 de Enero con la madre