Este Juzgado Primero de Primera Instancia Estadal y Municipal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Sede Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO de conformidad con lo establecido en el artículo 356, 358, 359, 360 y artículos siguientes del Código Orgánico Procesal Penal, al imputado JESÚS GABRIEL SALAZAR MILLÁN, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V-25.899.760, nacido en Caracas, Distrito Capital; en fecha 17/07/1993, de profesión u oficio vendedor, soltero, hijo de Buena Millán y Jesús Manuel Salazar, residenciado en el Caserío Cedeño, Casa S/Nº, a tres casas de la Bodega del Sr. Chuo, dentro de la jurisdicción del Municipio Montes del Estado Sucre; por el delito de POSESIÓN ILÍCITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el artículo 153 de la Ley Orgánica de Drogas, en perjuicio de LA COLECTIVIDAD, y en con.....