que este Tribunal de Ejecución de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara con lugar el pedimento de la defensa y SUSTITUYE, al adolescente REVISIÓN DE MEDIDAS, en la causa, N° RP01-D-2016-000327, seguida al adolescente XXXXXXXXXXXXXXX Y XXXXXXXXXXXXXXXXX; por su participación en el delito de robo agravado, previsto en el artículo 458 del Código Penal, cometido en perjuicio del ciudadano Alexis Román (demás datos a reserva del Ministerio Público). La sanción de privación de libertad por las medidas de libertad asistida y reglas de conducta contenidas en los artículos 626 y 624 de la LOPNNA, consistentes en recibir orientaciones por ante el Equipo Multidisciplinario del SAPINAES, al cual deberá acudir una vez al mes y mantenerse inserto en el sistema educativo formal y/o realizar cursos de su interés o trabajo, no portar armas, ni estar en lugare.....