éste Tribunal Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en funciones de Control Nº 04 del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DCLARA: LA EXTINCION DE LA ACCION PENAL, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 49 Ordinal 7° del Código Orgánico Procesal Penal, y en consecuencia se DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida al ciudadano EMILIO RAFAEL VELÁSQUEZ, Venezolano, natural de Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, de 28 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 19.330.921, nacido en fecha 10-02-1986, de estado civil soltera, de profesión u oficio del obrero, hijo de Jesús Emilio Marcano Rivas y María del Carmen Velásquez, y residenciado en el Sector Guarapiche de los Pailones, carretera nacional Río Caribe – San Juan de las Galdonas, calle principal, casa s/n, cerca de la Iglesia y del CDI, Municipio Arismendi del Estado Sucre, por la comi.....