Revisadas como han sido las actuaciones que conforman el presente expediente, y por cuanto se observa que en fecha 07 de Diciembre del año 2016, las parte celebraron convenimiento por ante el Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Bermúdez, Benítez, Libertador, Andrés Mata y Arismendi del Segundo Circuito Judicial del Estado Sucre, tal como consta a los folios del 16 al 23 del Cuaderno de Medidas del presente expediente, y visto igualmente el contenido del mismo en el cual la parte demandada canceló la cantidad adeudada, así como la conformidad por la parte demandante del pago efectuado, este Tribunal imparte su aprobación en los mismos términos expuestos. En consecuencia, éste Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA el presente Conve.....