este Juzgado Segundo de Ejecución del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, ACUERDA RATIFICAR la practica de dicho Reconocimiento Psicológico y Social al penado: LUIS ENRIQUE PRADA GONZÁLEZ Titular de la Cédula de Identidad Nro. V-8.653.472 ; comisionando al Jefe de la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario ubicado en la ciudad de Valencia, Estado Carabobo a los fines que practique los exámenes de rigor, al Director del Internado Judicial de Carabobo informándole que este tribunal acordó ratificar la practica de la evaluación Psico-social al penado de autos y a la Juez Segunda de Ejecución de la ciudad de Valencia, Estado Carabobo, informando que este Juzgado ordenó ratificar la práctica de la Evaluación Psico-Social al Penado LUIS ENRIQUE PRADA GONZÁLEZ, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-8.653.472, previa solicitud de su defensora Pública Penal Abg. Susana .....