Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decreta el sobreseimiento de la causa seguida en contra del ciudadano MARCOS CESAR RODRIGUEZ venezolano, domiciliado en la Autopista Antonio José de Sucre, casa S/N, Cumana Estado Sucre, por el delito de AMENAZA, VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en el articulo 41 y 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho a la Mujer a una vida libre de Violencia, en perjuicio de LULIANA DE JESUS ABREU MEDINA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nª. 18416759, domiciliada en la Autopista Antonio José de Sucre, casa S/N, Cumana Estado Sucre, ya que no se le puede atribuir el hecho al imputado de conformidad con lo establecido en el articulo 318 numeral 4to del Código Orgánico Procesal Penal.