éste Tribunal Primero de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Sede Cumaná, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA la extinción de la Acción Penal y DECRETA el Sobreseimiento de la presente causa a favor del ciudadano ELIECER JOSE DE LA ROSA, venezolano, nacido en fecha 10-12-80, de 33 años de edad, titular de la Cédula de Identidad No. 15.740.712, de profesión u oficio Comarciante, hijo de los ciudadanos Carmen Milagros de la Rosa (f) y de José Alberto Marrero (f), residenciado en Urbanización Brasil, Sector 1, vereda 74, casa N° 12, (cerca del Mercadito, del Liceo y del estadio) de esta ciudad de Cumaná, Estado Sucre, Teléfono: (0426) 383.26.03 (de su esposa), por la presunta comisión del delito de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el articulo 277 del Código Penal, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO; todo de conformidad con lo establecido en los artículos 49, numeral 1; y 318, numeral 5, del Códig.....