En virtud de lo antes expuesto, este Tribunal Quinto de Control de este Circuito Judicial Penal, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Decreta: el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA PARA EL IMPUTADO DIOMAR JOSÉ VALLEJO DÍAZ, venezolano, nacido en Barcelona Estado Anzoátegui, 19 de años de edad, titular de la cédula de identidad N.-24.877.601, nacido en fecha 23-05-1992, ayudante de albañilería, residenciado en el sector vallecito, por la entrada, casa sin número, en la entrada de playa vallecito, Parroquia Raúl leoni, Municipio sucre del Estado Sucre; 0424.889.947, por el delito precalificado por esta Fiscalía como RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, Previsto y sancionado en el artículo 218 del código Penal en perjuicio de Estado Venezolano en virtud de que "... a pesar de la falta de certeza, no existe razonablemente la posibilidad de incorporar nuevos datos a la investigación, y no haya bases para solicitar fundadamente el e.....