Este Tribunal Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD a favor del ciudadano HENRY DANIEL BONILLA, venezolano, soltero, titular de la Cédula de Identidad N° 12.909.726, de profesión u oficio obrero, de 36 años de edad, nacido en fecha 21-07-2010, hijo de Antonia Bonilla y Celso Brito, domiciliado en el sector Banco Obrero, calle Junín, casa s/n, Guiria, Municipio Valdez del Estado Sucre, consistente en un régimen de presentación cada quince (15) días, por el lapso de cuatro meses y medio por ante la Comandancia de Policía del Municipio Valdez del Estado Sucre y prohibición de acercarse por si o por interpuesta persona a la víctima, en la causa penal que se le sigue por la presunta comisión del delito de Violencia Física, previsto y sancionado en los artículo 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho a las Mujeres a Una.....