En consideración a los argumentos de hecho y de derecho expuestos, y en función al interés superior del niño anteriormente identificado, es decisión del Juez de Juicio de este Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Sede Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, la RETENCION INDEBIDA, presentado por la ciudadana LUISANY GABRIELA RAMOS ANTON, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°: 19.979.511, domiciliada en la avenida Carúpano, barrio brisas del mar, calle Araguaney, casa n° 16,, Cumana, Estado Sucre en contra del ciudadano MAIKER JOSE ROJAS LEON, titular de la cedula de identidad n° 14.596.002 domiciliado en la av. Carúpano, calle Piñerua, casa s/n, Cumana, Estado Sucre es inherente al interés superior del niño ya identificado, para asegurar el adecuado desarrollo integral de este, así c.....