DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuesto éste Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley CONDENA al ciudadano JOSE GREGORIO GONZALEZ MATA, titular de la cedula de identidad V ¿ 17.217.005, de estado civil soltero, nacido en fecha 30-07-83, de 24 años de edad, de profesión u oficio Comerciante, hijo de Benito González y Juana Mata, residenciado en el Sector El Mangle, Calle Ricauter, Casa S/N, al frente del parque Carupana, Municipio Bermúdez del Estado Sucre; a cumplir la pena de Cuatro (04) años y seis (06) meses de prisión; más las accesorias de Inhabilitación política por el tiempo que dure la pena principal y la sujeción a la vigilancia a la autoridad por una quinta parte del tiempo que dure la pena, por la comisión del delito de Robo Propio, previsto y sancionado en el artículo 455 del Código Penal, todo de .....