y visto los recaudos acompañados, y cumplidos como se encuentran los extremos exigidos en el Artículo 590 del Código de Procedimiento Civil, Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Transito y Bancario, del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara Aceptada la Fianza presentada. En consecuencia DECRETA MEDIDA DE SECUESTRO, sobre Un (01) Inmueble, constituido por Un (01) Local Comercial, signado con el N° 04, de la Planta Baja del Centro Comercial "Doble A", ubicado en Calle San Felix cruce con Calle Independencia, Carúpano, Estado Sucre, donde funciona la Empresa Mercantil: "PANADERÍA Y DELICATESES MI PAN, C.A.", inscrita en el 12 de Agosto de 2005 en el Libro de Registro de comercio llevado por ante este Tribunal, bajo el N° 75, folio 471 al 478, Tomo N° 1- A, Tercer Trimestre del 2005, objeto del Contrato de Arrendamiento entre: A.....