Por todos los razonamientos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: ADMISIBLE el recurso de apelación interpuesto por los abogados LUIS FELIPE LEAL TOTESAUT, en su carácter de Defensor Privado de los ciudadanos JOSÉ GREGORIO LÓPEZ MORENO, TOMÁS ALEXANDER CARABALLO y OTILIO CONCEPCIÓN CEDEÑO, y la abogada GLADYS JOSEFINA LUGO en su carácter de Defensora Privada del ciudadano JEAN JOSE BRITO, contra Sentencia Definitiva dictada por el Juzgado Primero de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, en fecha 26 de Julio de 2006, mediante la cual CONDENÓ al ciudadano JOSÉ GREGORIO LÓPEZ MORENO, a cumplir la pena de DIECISEIS (16) AÑOS, SEIS (06) MESES Y QUINCE (15) DÍAS DE PRISIÓN por la comisión de los delitos de HOMICIDIO CALIFICADO, USO INDEBIDO DE ARMA DE FUEGO Y SIMUL.....