este Tribunal Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control N° 02, de este Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley: Acuerda: Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, en contra del imputado Oswaldo José Brazon Noriega, venezolano, natural de Río Caribe, Municipio Arismendi del Estado Sucre, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 12.887.169, nacido en fecha 15-05-1969, de 41 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio agricultor, hijo de Ángela Noriega y Luís Brazon, y residenciado en el Sector Mamera de Los Arroyos, Calle Principal, Casa S/N, cerca de las escaleras, El Pilar, Municipio Benítez del Estado Sucre; por la presunta comisión del delito de Violencia Física, previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la c.....