Por todo lo antes expuesto, este Juzgado de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, la acción de DIVORCIO 185-A, intentada por los ciudadanos GISELA EMELIA ROJAS DE MARIN Y OSCAR LUIS MARIN HERNANDEZ, titulares de las Cédulas de Identidad Nros 10.224.500 y 14.220.614, respectivamente, quedando así, en consecuencia disuelto el Vínculo Conyugal que contrajeron por matrimonio Civil.-