y visto igualmente el pedimento que hace por ante éste Tribunal para que se le concedan TITULO SUPLETORIO, sobre un Vehículo Clase: Automóvil, Marca: Chevrolet, Tipo: Sedan, Año: 1.975, Color: antes naranja actualmente vino tinto, Capacidad: 6 puestos, Serial del Motor: HEV113072, Serial de la Carrocería: 1C29HEV113072, Placa: APS866, y por cuanto de las declaraciones rendidas por los testigos ciudadanos: VICTOR MANUEL NUÑEZ MORENO, APOLINAR DEL JESÚS GONZÁLEZ AMUNDARAIN y OSCAR SIMON REYES MARCANO, venezolanos, mayores de edad, domiciliados en la Parroquia Puerto Santo, Municipio Arismendi del Estado Sucre y titulares de las Cédulas de Identidad Nros. 4.947.076, 6.478.570 y 5.880.209, respectivamente, por ante este Tribunal, así como también los recaudos consignados se demuestra el derecho o pretensión del solicitante. Este Tribunal acatando lo que establece el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana y por Autoridad .....