DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos, y en virtud de haberse cumplido con las formalidades exigidas por la Ley, este Tribunal Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control N° 02, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara: Constituida la Fianza, y se Decreta Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, Bajo Caución Económica al imputado Javier José Reyes Rodríguez, venezolano, natural de Carúpano, estado sucre, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 15.318.977, fecha de nacimiento 06-18-1982, de 32 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio comerciante, y domiciliado en la Comunidad de Guiria de La Playa, Sector Las Viviendas, Calle Principal, Casa S/N, cerca de la cancha de baloncesto, teléfono 0412-842.22.15, Carúpano, Municipio Bermúdez de.....