Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, Este Tribunal Segundo en Funciones de Ejecución, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de La Ley, EJECUTA la sentencia dictada en fecha 15 de mayo de 2015, por el Tribunal Segundo de Juicio de esta extensión Judicial, mediante la cual se condenó a JESÚS LEONARDO ALCALÁ, venezolano, soltero, de 29 años de edad, de oficio taxista, titular de la Cédula de Identidad Nº 17.624.861, natural de Río Caribe, Municipio Arismendi del Estado Sucre; nacido en fecha 14-02-1986, hijo de Nair Alcalá y Jesús Panté, teléfono 0416-3227518, y residenciado en el sector 12 de Abril, calle principal, casa S/N, cerca de la aldea Bolivariana, Río caribe, Municipio Arismendi del Estado Sucre; a cumplir la pena de TRES (03) AÑOS Y CUATRO (04) MESES DE PRISION, mas las accesorias de ley, por estar incurso en la comisión del delito de VIOLENCIA .....