Admite Parcialmente la acusación presentada por el Ministerio Público y Sanciona al adolescente XXXXXXXXX; por estar incurso en la comisión del delito de POSESIÒN DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto en el artículo 34 de la Ley Orgánica Sobre Sustancias, Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio de LA COLECTIVIDAD, a cumplir la medida de REGLAS DE CONDUCTA, por el lapso de UN (01) AÑO, consistente en culminar sus estudios y realizar una actividad laboral. Así mismo, se le prohíbe tener algún tipo de contacto con Sustancias, Estupefacientes y Psicotrópicas. Sanción que se impone conforme a los Artículos 8, 578 literales "A" y "F"; 539, 583, 620 literal "B, 622" y 624 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Se deja sin efecto cualquier medida de coerción personal que pudiera pesar sobre el sancionado. Se Instruye a la Secretaria Administrativa del despacho, a los fines de remitir en su oportunidad legal las presentes actuaciones al Tr.....