DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD FISCAL Y DECRETA, MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACIÒN DE LIBERTAD en contra del imputado JEAN CARLOS VENGAR ZABALETA, de nacionalidad colombiana, indocumentado, soltero, de 19 años de edad, natural de Barranquilla, Colombia, nacido en fecha 25-04-90, comerciante, hijo de Verónica Zabaleta y Juan Carlos Vengar, residenciado en la calle García, casa Nº 25, frente al bodegón Los Hermanos, Cumaná, Estado Sucre, quien se encuentra presuntamente incurso en la comisión del delito de LESIONES LEVES, previsto y sancionado en el artículo 416 del Código Penal en perjuicio del ciudadano Rafael José Romero Millán; medida ésta consistente en presentaciones periódicas cada quince (15) días por ante la Unidad de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal, por un período de SEIS (06) MESES, conforme al artículo 256 ordinal 3° del COPP. Se ordena la Libertad Inmediata del imputado, la cual se hace efectiva desde la propia Sala de Audiencias, el imputado de autos .....