éste Tribunal Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal, del Estado Sucre. Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, ACUERDA DESCONTARLE al penado DAVID DEL JESÚS RODRÍGUEZ REYES, el tiempo de ONCE (11) MESES Y VEINTITRÉS (23) DÍAS , por la Redención de Pena