Por los razonamientos expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: SE ADMITE el Recurso de Apelación interpuesto por la abogada YURAIMA BENITEZ REBOLLEDO, Defensora Pública Penal Séptimo con competencia en materia penal ordinario del Estado Sucre del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, sede Cumaná, actuando en representación de los ciudadanos LUÍS OSCAR FIGUERA, MELVÍN JOSÉ BRITO BRITO Y ROBERT LUÍS RONDÓN RAMÍREZ, contra la decisión de fecha cuatro (04) de Agosto de 2013, dictada por el Tribunal Cuarto de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, sede Cumaná, mediante la cual decretó PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, en contra de los ciudadanos antes mencionados, por la presunta comisión del delito de Robo Agravado, previsto en el artículo 458 del Código Penal, en perjuicio del ci.....