Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Ejecución de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Decreta la Primero: La sustitución de la medida de Privación de libertad impuesta a "OMISSIS"; por la comisión los delitos de Tentativa De Robo De Vehículo Automotor Y Agavillamiento tipificados en los artículos 7 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores y 286 del Código Penal Venezolano, ambos en perjuicio del Ciudadano Nelson González; por el cumplimiento sucesivo de las medidas de libertad asistida por el lapso de lapso (02) años, y reglas de conducta por el lapso de un (01) año, dos (02) meses dieciocho (18) días de conformidad con lo establecido en el artículo 647 literal "e" de la ley orgánica para la protección de niños, niñas y del adolescente. Segundo: se decreta con lugar la declinatoria de competenci.....