Por los razonamientos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por las abogadas MARALBA MILITZA GUEVARA, en su carácter de Fiscal Provisorio Quinta Del Ministerio Público Con Competencia en el Sistema de Protección del Niño, Niña y Adolescentes, penal ordinaria del Segundo Circuito Judicial del Estado Sucre, y KATTIA MARINA AMEZQUETA BLASINI, Fiscal auxiliar comisionada, en contra Decisión dictada en fecha 24 de Enero de 2013 por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo penal en Función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, mediante la cual Negó LA PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD O CAPTURA, seguida al ciudadano, PEDRO JOSÉ ALFONZO VELÁSQUEZ, por la presunta comisión de los delitos de VIOLENCIA SEXUAL, VIOLENCIA PSICOLÓG.....