Por todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuesto, este Tribunal Penal Cuarto de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley DECRETA LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD del ciudadano VÍCTOR JOSÉ VÁZQUEZ SUÁREZ, venezolano, mayor de edad, Natural de Yaguaraparo-Estado Sucre, nacido en fecha 15-06-1970, de 42 años de edad, Soltero, titular de la Cédula de Identidad Número V- 13.025.220, de profesión u oficio pollero, hijo de Josefina Suárez y Jerónimo Vásquez, residenciado en la bajada de calle bolívar, casa Nº 108, cerca del río, parroquia Yaguaraparo, Municipio Cajigal del Estado Sucre, por encontrarse presuntamente incurso en el delito de VIOLACION AGRAVADA EN GRADO DE TENTATIVA, previsto y sancionado en el artículo 374 del Código Penal, en relación con el articulo. 80 del Código Penal, en perjuicio del niño Omissis, de conformidad con lo e.....