este Tribunal Segundo de Juicio, del Circuito Judicial Penal del estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley procede a Condenar: al ciudadano EMILIANO JOSE GUEVARA AVILA, venezolano, de estado civil soltero, titular de la Cédula de Identidad Nº 13.713.278, nacido en fecha 13-12-76, de 30 años de edad, de profesión u oficio ayudante de chofer, hijo de Dioselina Ávila y Emiliano Guevara, y domiciliado en la Fila de Mariche, Sector la Capilla, Escalera N° 01, Casa N° 23, Petare, Estado Miranda; a cumplir la Pena de OCHO (08) años de Prisión, por el delito de TRAFICO ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, EN LA MODALIDAD DE OCULTAMIENTO, previsto y sancionado en el articulo 31 en su encabezamiento de la Ley Orgánica Contra el Trafico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes Y Psicotrópicas, en perjuicio de la Colectividad, mas las accesorias de Ley, acordándose la confiscació.....