Por lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Segundo Circuito Judicial del Estado Sucre, Carúpano, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara la PERENCION de la Instancia en el presente juicio introducida por la ciudadana LISBETH MARTÍNEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 12.885.415, domiciliado en la avenida circunvalación casa N° 32, Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, representada por la Fiscalía Cuarta del Ministerio Público, a beneficio del niño, contra el ciudadano HENRY JESUS RINCÓN, venezolano, mayor de edad, domiciliado en San Cristóbal, del Estado Táchira, de conformidad con lo establecido en el artículo 269 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 267 Ejusdem. Así se decide.-